Acuerdo entre España y la Corte Penal Internacional (CPI) para ejecutar en nuestro país las penas impuestas por la Corte

España refuerza su compromiso con la justicia internacional

El pasado 21 de octubre, se publicó el Acuerdo entre España y la Corte Penal Internacional relativo a la ejecución de las penas de la Corte Penal Internacional, en el Boletín Oficial del Estado (21 de octubre de 2025).

Este acuerdo establece el marco por el cual España podrá ejecutar en su territorio las penas  impuestas por la Corte Penal Internacional (CPI) a personas condenadas por dicha Corte.

Entre sus aspectos clave, destacan:

  • España manifiesta su disposición a recibir a personas condenadas por la CPI;
  • Se regula el procedimiento de designación del Estado de ejecución, información que debe facilitar España a la Corte, traslado de la persona condenada, supervisión del cumplimiento de la Peña, condiciones de reclusión conforme a estándares internacionales;
  • Se estipula que la pena impuesta por la CPI será vinculante para España, que no podrá reducirla unilateralmente (salvo que la Corte así lo determine);
  • También se establecen mecanismos para el traslado al Estado de ejecución, derechos del condenado, comunicaciones entre las partes, gasto de ejecución, entre otros.

Según el art. 13 del Acuerdo, entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la notificación por España a la Corte de que ha cumplido los requisitos internos.

Este Acuerdo reafirma el compromiso de España con la cooperación internacional en materia de justicia penal, y fortalece el vínculo operativo con la CPI, permitiendo que las penas dictadas por esta puedan ser cumplidas en territorio español. Esto tiene implicaciones de cara a la cooperación internacional, la ejecución penal y para la responsabilidad internacional en delitos graves.

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